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Los jueces consideraron probado que, el productor agropecuario Reinaldo Elpidio Estoup y su capataz, Eduardo López, participaron en el hurto de animales en perjuicio del fideicomiso CRIA1, que arrendaba unas hectáreas en el establecimiento rural “Oscuro”, cerca de la localidad de Perugorría.
El tribunal declaró que los hechos configuraron el delito de abigeato agravado por realizarse bajo las condiciones previstas en el artículo 164 del Código Penal (robo simple), pero con alteración de marcas y señales utilizadas para identificar el ganado, y con participación de al menos una persona dedicada a la cría y cuidado de animales, lo cual agravó la responsabilidad penal.
Además, les impuso una multa solidaria a ambos condenados, equivalente a tres veces el valor de los animales sustraídos, calculada según la cotización del Mercado Agro-Ganadero (MAG) al día del efectivo pago.
De los 336 vacunos denunciados como robados solo fueron recuperados 13.











