En ese marco se habilitó el dictado de clases los días sábados. En la misma línea vale resaltar que el Calendario Escolar en el punto 8 de sus Disposiciones Generales establece: “El sábado es un día laborable, por lo cual se podrán desarrollar entre otras actividades, dictado de clases en distintos formatos; presencial, virtual, trabajos prácticos, talleres mediados por tecnologías, etcétera”.
Al efecto de dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 2 de la Resolución 195 los equipos técnicos de las Direcciones de Nivel y de Modalidad deberán acordar la modalidad de trabajo con las instituciones educativas, buscando fortalecer la trayectoria de los estudiantes y cumplir con los 190 días de clases.