COMENZÓ LA VEDA ELECTORAL

La medida prohíbe los actos proselitistas. El artículo 71 del Código Electoral establece que la veda electoral debe comenzar a regir 48 horas antes de la apertura de los comicios y finalizará tres horas después de terminar la jornada electoral. Quienes no cumplan con la veda se ven expuestos a sanciones.
Hace 2 años PAÍS

Entre las características más importantes de la veda electoral se encuentra prohibido realizar actos de campañas por parte de los precandidatos, como también no permitir la venta de bebidas alcohólicas o declaraciones de propaganda política de funcionarios en medios de comunicación. También se prohíbe la difusión de encuestas que tengan que ver con las elecciones.
La multa para los ciudadanos y medios de comunicación va de10.000 a 100.000 pesos y perder el derecho a recibir contribuciones, subsidios y todo recurso de financiamiento público por un plazo de entre uno y cuatro años.

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