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El gobernador Gustavo Valdés, reglamentó el ejercicio de las obstetras en la provincia. El nuevo decreto N° 641, diferencia a las profesionales que practican la obstetricia entre técnicas y licenciadas, estableciendo las incumbencias, derechos y obligaciones de cada una en el ejercicio de la profesión. Se trata de un hecho histórico de reconocimiento a esa labor.
El nuevo decreto N° 641, modifica el anterior N° 437/1969, por el que se reglamenta la Ley N° 2.839, en lo referido específicamente a las obstétricas. Lo que establece como función del Ministerio de Salud Pública, entre otras cosas, la habilitación, supervisión, y fiscalización del ejercicio del arte de curar y sus respectivas ramas auxiliares.El ministro de Salud Pública de la Provincia, Ricardo Cardozo, remarcó: “Esto es un logro, un avance de la Provincia que es histórico porque viene a reglamentar el ejercicio de la profesión de recurso humano calificado en salud y a cubrir un espacio muy importante sobre todo en lo que se refiere al control y la atención de las embarazadas”.











