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Las autoridades advierten que, lo que para algunos adolescentes puede parecer un “reto” digital, para la ley es un delito con consecuencias penales y civiles graves.
La fuerza policial ratificó que no se tolerarán amenazas, intimidaciones ni incitaciones a la violencia que alteren el normal desarrollo de las clases, citando el Artículo 149 bis del Código Penal Argentino que advierte: “Será reprimido con prisión de seis meses a dos años el que hiciere uso de amenazas para alarmar o amedrentar a una o más personas. En este caso la pena será de uno a tres años de prisión si se emplearen armas o si las amenazas fueren anónimas”.
Agregaron que cualquier mensaje difundido en redes sociales será investigado por las brigadas de inteligencia digital y puesto a disposición de la Justicia, bajo el marco del Artículo 211 del Código Penal sobre delitos contra el orden público.
La Policía también recordó que, según el Código Civil y Comercial, los padres o tutores son civilmente responsables por los daños y perjuicios que ocasionen los menores a su cargo. Esto implica que, más allá de la sanción juvenil, las familias podrían enfrentar demandas económicas por los costos operativos de seguridad y el daño moral causado a las instituciones.











