
CORRIENTES
La fundación presidida por Gustavo Vera había solicitado ser querellante en la causa argumentando que "el art. 84 inc. “b” del CPPF dispone que además de las víctimas, tienen derecho a querellar las asociaciones o fundaciones en casos de graves violaciones a los derechos humanos, siempre que su objeto se vincule directamente con la defensa de los derechos lesionados".











