
LA PROVINCIA DEBERÁ INDEMNIZAR A UN PRESO POR TRABAJOS NO REMUNERADOS

El fallo dictado por la jueza María Belén Güemes, a cargo del Juzgado con Competencia Administrativa Nº2 sienta un precedente sobre el cumplimiento de garantías laborales dentro del sistema penitenciario.
El hombre recibía una remuneración simbólica de 500 pesos mensuales y ahora la sentencia le ordena al Gobierno de la Provincia de Corrientes a pagarle las diferencias salariales correspondientes al período 2012-2021, además de los aguinaldos y vacaciones proporcionales adeudadas, aplicando como base las tres cuartas partes del Salario Mínimo Vital y Móvil, según lo establece la Ley Nacional 24.660.
Por el trabajo que desempeñaba el interno el Estado Provincial no realizó aportes previsionales, no otorgó elementos de seguridad ni garantizó cobertura por riesgos laborales. Incluso, se probó que la empresa concesionaria del servicio alimentario, Shonko S.A., no tenía vínculo contractual con el demandante, por lo que la responsabilidad recae íntegramente en el Estado.
La resolución se apoya en normas constitucionales y tratados internacionales de derechos humanos, como la Convención Americana y el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, que consagran el derecho al trabajo digno, incluso en contextos de encierro.
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